De acuerdo a la Ley de Ministerios, es competencia del Ministerio de Economía confeccionar y administrar el Presupuesto Anual de Gastos y Recursos en coordinación con las demás jurisdicciones, controlando su ejecución, y proponer los ajustes y modificaciones que sean necesarios por razones operativas.

Por Ley Provincial Nº 495, de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Provincial, la Dirección General de Presupuesto es el órgano rector del Sistema Presupuestario del sector público provincial.

La Constitución Provincial de la Provincia de Tierra del Fuego, establece en su artículo 67º: “El presupuesto General de la Provincia, que se establecerá por ley antes del inicio del año durante el cual se aplicará, será la base a que deberá ajustarse toda la Administración Provincial. Contendrá los ingresos y egresos, aún aquellos que hayan sido autorizados por leyes especiales, acompñado por un detalle de las actividades y programas que se desarrollarán en cada unidad de organización presupuestaria. A tal fin, el Poder Ejecutivo remitirá el proyecto a la Legislatura antes del 31 de agosto de cada año…”.

En otras palabras, el Presupuesto ordena los recursos con que cuenta el Sector Público Provincial, así como los gastos en que incurre, en función de las directrices principales que lo definen. Como herramienta de administración financiera, el presupuesto constituye la base para planificar de acuerdo al origen de los recursos y el destino que se les dará para concretar las actividades que se propone la organización en un período determinado.

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